
17 May ¿Es obligatorio tener un protocolo de acoso laboral?
Descubre aspectos importantes de esta medida necesaria para prevenir y actuar ante casos de acoso laboral en empresas
Si alguna vez os habéis preguntado si es necesario disponer de un plan de acoso laboral en vuestra empresa, la respuesta es sí. Tener un protocolo de acoso laboral es una obligación para todas las empresas, independientemente del tamaño de su plantilla. El protocolo contra el acoso laboral que debe articular no solo las medidas para prevenirlo, sino también el procedimiento en caso de acoso laboral a seguir por trabajadores y empresa.
Es importante aclarar que aunque no todas las empresas están obligadas a disponer de un plan de igualdad, en el caso del protocolo de acoso laboral todas las empresas sí están obligadas a tener de acuerdo a la normativa un protocolo de acoso laboral.
El Protocolo contra el acoso laboral está orientado evitar casos de acoso en la empresa
El artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece la obligatoriedad de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.
Esta serie de medidas preventivas se plasman a través de un Protocolo de acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo, con independencia del tamaño de la plantilla de la empresa.
Si en vuestra empresa desconocéis como realizar este protocolo, en Previline os asesoramos sobre sus detalles y cómo debéis realizar e implantar el Protocolo acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo en tu empresa. A continuación listamos sus principales apartados que debe incluir:
- Designación de una comisión instructora.
- Elaboración de la normativa interna y las medidas preventivas.
- Canal y procedimiento para realizar las denuncias.
- Comunicar las medidas a la plantilla.
Es interesante disponer de protocolo contra el acoso laboral si no queremos exponernos a importantes sanciones-
Las sanciones que pueden imponerse a las empresas por no tener un Protocolo de acoso sexual o por razón de sexo varían en función de la gravedad de la infracción. Desde 7.501, para las infracciones leves, hasta 225.018 euros para infracciones muy graves. Así como la pérdida automática de cualquier ayuda o bonificación que estuviese recibiendo y no poder volver a solicitarlas en un período de entre 2 a 6 años.
Si necesitáis ampliar información o solicitar la realización de un protocolo de acoso laboral en vuestra empresa poneros en contacto con previline clicando aquí o llamando al 672 742 387