Con la publicación del II Convenio Colectivo Estatal del Sector del Metal se fijaron las formaciones obligatorias para todas las empresas y trabajadores que realicen su actividad, tanto en procesos de fabricación, elaboración o transformación, como en los de montaje, reparación, conservación, mantenimiento, almacenaje o puesta en funcionamiento de equipos e instalaciones industriales que estén relacionadas con el sector del Metal.
¿A quién va dirigido?
A todos los profesionales de las siguientes actividades:
– Trabajos de joyería
– Talleres de reparación de vehículos
– Mantenimiento, reparación e instalación de ascensores
– Aislamiento e impermeabilización
– Instalación, mantenimiento y reparación de equipos informáticos, automatismos, ordenadores, etc.
– Instalaciones de calefacción-climatización, instalaciones de agua caliente sanitaria e instalaciones solares térmicas y fontanería
– Instalación, mantenimiento y reparación de infraestructuras de telecomunicaciones (TIC y digitalización)
– Trabajos de soldadura y oxicorte
– Mecánica, mantenimiento y reparación de máquinas, equipos industriales y/o equipos electromecánicos
– Mantenimiento de vías férreas
– Actividades de premontaje, montaje, cambio de formato y ensamblaje en fábrica
– Instaladores y reparadores de líneas y equipos eléctricos
– Reparación y mantenimiento naval en astilleros y muelles
– Fabricación, producción y transformación del hierro, del acero y de los metales
– Trabajos de forja
– Mecanizado
– Tratamientos de metal
– Carpintería metálica
– Montaje de estructuras tubulares
– Trabajos en gasoductos y redes de distribución de gases combustibles
– Trabajos en instalaciones solares fotovoltaicas o instalaciones eólicas
– Trabajos de recuperación y reciclaje de materias primas metálicas
– Trabajos de control de calidad, verificación e inspección de materias en curso de fabricación y en productos terminados del sector del metal
– Conductores o transportistas del sector del metal
– Conductores de carretillas elevadoras del sector del metal
– Operadores de puente-grúa del metal
– Operadores de plataformas elevadoras del metal
– Operarios en almacén y logística y aprovisionamiento en los procesos de fabricación
– Conductores de grúas móviles autopropulsadas en el metal
Tipos de formación
– Formación para directivos de 6 horas.
– Formación de trabajadores que desempeñan sus tareas en oficinas de 6 horas.
– Formación de trabajadores de oficios del área de producción y/o mantenimiento de 20 horas.
– Formación de trabajadores con funciones preventivas de nivel básico de 50 horas.
– Formación de reciclaje (de una duración mínima de 4 horas a impartir cada 3 años o tras 1 año alejado del sector).
Le facilítamos el siguiente formulario de contacto para que nos dejé sus datos y le llamemos a la mayor brevedad para concerta su cita u ofrecerle más información.
También puede reservar su cita en el momento: