16 Sep ¿Qué tipos de Calificaciones encontraré en los Certificados de Aptitud de mis trabajadores y qué debo hacer si no son APTOS?
APTO: Esta persona puede desempeñar su trabajo habitual en su puesto sin ningún riesgo para su salud.
APTO, CON LIMITACIONES: Esta persona tendrá unas LIMITACIONES que nosotros le indicaremos a la hora de realizar su trabajo habitual, para que este no le afecte a su estado de salud.
NO APTO TEMPORAL: Esta persona no es apta temporalmente, bien porque esté de baja laboral, bien porque debe ser estudiado y tratado por su médico de cabecera, y mientras tanto, no se le permite trabajar por suponer un riesgo para su integridad física y la de los que le rodean.
NO APTO, DEFINITIVO: Esta persona debe ser cambiada inmediatamente a otro puesto de trabajo para el que sí sea calificado como apto.
EN OBSERVACIÓN: Esta persona puede trabajar provisionalmente a la espera de que nos llegue una prueba más concluyente acerca de su estado de salud que nos permita calificarlo definitivamente.